Biblioteca |
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I. Legislación vigente |
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Ley 18.959, Determina naturaleza Jurídica de los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional. |
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Decreto Supremo de Justicia Nº 110 de enero de 1979, Reglamento sobre concesión del beneficio de la personalidad jurídica para las corporaciones y fundaciones. |
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Decreto Supremo de Justicia Nº 663 de septiembre de 1998, Aprueba estatuto tipo para la formación de Cuerpos de Bomberos. |
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I. Financiamiento bomberil |
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Ley 19.915 de Presupuestos de la Nación para el año 2005. Contiene las glosas sobre distribución y asignación de fondos correspondientes los Cuerpos de Bomberos de Chile. |
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Partida 08 Capitulo 08 de la ley de Presupuestos de la Nación 2005. Contiene las Glosas sobre distribución y asignación de fondos correspondientes a los Cuerpos de Bomberos de Chile. |
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Circulares Nº 1784,1785 y 1786 de la Superintendencia de Valores y Seguros Imparte instrucciones a los Cuerpos de Bomberos sobre rendición de cuentas de fondos públicos. |
Nº1784 |
Nº1785 |
Nº1786 |
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Circular C-41 del Ministerio del Interior de 7 de noviembre de 1990. Circular mediante la cual se remite a los Cuerpos de Bomberos instrucciones de carácter general para confección y rendición de cuentas |
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Dictamen Nº 228 enero de 1998 Contraloría General de la Republica,Sobre otorgamiento de subvenciones municipales especiales a los Cuerpos de Bomberos. Establece que los Municipios otorgan subvenciones y aportes a personas jurídicas de carácter público o privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente en el cumplimiento de sus funciones, las que no podrán exceder, en conjunto, del siete por ciento del presupuesto municipal, salvo, entre otras, las destinadas a los Cuerpos de Bomberos, para lo cual el Alcalde requerirá el acuerdo favorable del Concejo Municipal. |
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III. Protección a bomberos |
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Norma de carácter general Nº 180 de 20 de mayo de 2005, que establece la forma y oportunidad para acreditar los requisitos para acceder a los beneficios del D.L. 1.757 de 1977, de accidentados en actos de servicio. |
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Texto refundido no oficial del D.L., 1.757 y sus modificaciones posteriores. Otorga beneficios por accidentes o enfermedades contraídas en actos de servicio por los miembros de los Cuerpos de Bomberos de Chile. |
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Decreto Ley 1.757 de 31 de marzo de 1977: Texto de la ley que confiere beneficios a los miembros de los Cuerpos de Bomberos de Chile por accidentes o enfermedades contraídas en actos de servicio. |
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Ley Nº 19.798 de 25 de abril de 2002. Mediante esta norma se introducen importantes modificaciones y mejoras al Decreto Ley 1.757 sobre accidentes de los bomberos en actos de servicio. |
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Ley 19.830 Establece sanción para quienes impidan o dificulte la acción de Bomberos en actos de servicio y penaliza las falsas alarmas. Mediante esta ley se modifica el Código Penal estableciendo sanciones penales para quienes impidan o dificulte la acción de Bomberos en actos de servicio (artículo 269 inciso 2º) sanciona a quien diere falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad publica (artículo 268Bis). |
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Decreto con Fuerza de Ley 1-1971 Interior. Modifica Ley 16.282 mediante la cual introduce artículo 3º bis, que concede fuero laboral a los miembros de los Cuerpos de Bomberos enviado en misión con motivo de sismo, catástrofe o calamidad, por el Ministerio del Interior. Esta norma requiere previa autorización de la Institución a que pertenece el bombero, conservando la propiedad del empleo pero el pago de sus remuneraciones será facultativo para el empleador. |
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Ley 14.866 Establece el "Día del Bombero". Mediante esta norma se instituye el 30 de junio de cada año como "el Día del Bombero" y ordena efectuar actos cívicos conmemorativos, en los establecimientos educacionales del país. |
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IV. Base normativa de la protección contra incendios |
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Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. |
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Normas para la instalación de redes contra incendio: Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado. |
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Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. |
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